{"id":61551,"date":"2021-02-15T14:25:34","date_gmt":"2021-02-15T14:25:34","guid":{"rendered":"http:\/\/wordpress3-staging-alb-37618076.us-east-1.elb.amazonaws.com\/index.php\/aprueba-iees-sesiones-virtuales-en-consejos-distritales-y-municipales-documentacion-electoral-sin-emblemas-y-reglamento-de-registro-de-candidaturas\/"},"modified":"2021-02-15T14:25:34","modified_gmt":"2021-02-15T14:25:34","slug":"aprueba-iees-sesiones-virtuales-en-consejos-distritales-y-municipales-documentacion-electoral-sin-emblemas-y-reglamento-de-registro-de-candidaturas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/aprueba-iees-sesiones-virtuales-en-consejos-distritales-y-municipales-documentacion-electoral-sin-emblemas-y-reglamento-de-registro-de-candidaturas\/","title":{"rendered":"APRUEBA IEES SESIONES VIRTUALES EN CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES; DOCUMENTACI\u00d3N ELECTORAL SIN EMBLEMAS Y REGLAMENTO DE REGISTRO DE CANDIDATURAS"},"content":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprob\u00f3 que los Consejos Distritales y Consejos Municipales Electorales celebren sus sesiones y reuniones de trabajo de manera virtual; asimismo se avalaron los dise\u00f1os de la documentaci\u00f3n electoral sin emblemas de partidos pol\u00edticos y de candidaturas independientes, as\u00ed como los modelos de materiales electorales para el Proceso Electoral Local 2020-2021.<\/p>\n<p>En la plenaria, tambi\u00e9n se vot\u00f3 a favor de los proyectos de acuerdo para expedir el Reglamento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elecci\u00f3n popular; tambi\u00e9n el que corresponde a las dudas planteadas por el Partido Acci\u00f3n Nacional en torno a la candidatura com\u00fan, as\u00ed como la respuesta a la solicitud planteada por el ciudadano Santos Joel Ca\u00f1edo Rodr\u00edguez, aspirante a la candidatura independiente a la Presidencia Municipal de Mazatl\u00e1n.<\/p>\n<p>Respecto al primer punto aprobado, el Consejero Electoral, Jorge Alberto De La Herr\u00e1n Garc\u00eda, apunt\u00f3 como antecedente el acuerdo IEES\/CG020\/2020 mediante el cual el Consejo General modific\u00f3 el Reglamento de Sesiones para permitir<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>que las sesiones ordinarias, extraordinarias, o especiales, se pudieran llevar a cabo de manera virtual o a distancia, con el uso de herramientas tecnol\u00f3gicas, durante el per\u00edodo de duraci\u00f3n de las medidas sanitarias derivadas de la pandemia de la Covid-19.<\/p>\n<p>En ese sentido y ante la prevalencia de la incidencia de la pandemia, sin que exista certeza de que se llegue a la normalidad en el desarrollo de este proceso electoral local, se considera pertinente autorizar a los Consejos Distritales y Consejos Municipales Electorales a que celebren sus sesiones, reuniones de trabajo y en general las actividades que as\u00ed lo permitan, mediante el uso de herramientas tecnol\u00f3gicas de comunicaci\u00f3n, apeg\u00e1ndose a lo dispuesto por el Reglamento de Sesiones.<\/p>\n<p><b>Documentaci\u00f3n electoral sin emblemas<\/b><\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a la aprobaci\u00f3n de los dise\u00f1os de la documentaci\u00f3n electoral sin emblemas de partidos pol\u00edticos y de candidaturas independientes, as\u00ed como los modelos de materiales electorales, el Consejero Electoral, Mart\u00edn Alfonso Inzunza Guti\u00e9rrez, dijo que este acuerdo se estableci\u00f3 a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones y argumentos considerados en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), y de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES); as\u00ed tambi\u00e9n sustentado por<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>la validaci\u00f3n por parte del Instituto Nacional Electoral (INE).<\/p>\n<p>De tal forma, se proponen para su aprobaci\u00f3n un total de 34 documentos electorales sin emblemas y se<\/p>\n<p>aprueban los modelos de cancel electoral, las urnas, cinta de seguridad, las cajas paquete electoral, base porta urnas y caja contenedora de material electoral que se utilizar\u00e1n durante el Proceso Electoral Local 2020-2021, para las elecciones de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos.<\/p>\n<p><b>Reglamento para el registro de candidaturas<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/b><\/p>\n<p>En cuanto al acuerdo que expide Reglamento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elecci\u00f3n popular, la Consejera Electoral, Gloria Icela Garc\u00eda Cuadras, precis\u00f3 que este instrumento normativo precisa los plazos y \u00f3rganos competentes para recibir las solicitudes de registro, la documentaci\u00f3n que se deber\u00e1 acompa\u00f1ar a las solicitudes, as\u00ed como el procedimiento para la revisi\u00f3n y en su caso, atenci\u00f3n de los requerimientos realizados por la autoridad electoral; adem\u00e1s se contemplan las reglas respecto a la elecci\u00f3n consecutiva, las sustituciones de candidaturas, los registros simult\u00e1neos y el tr\u00e1mite que se deber\u00e1 seguir en caso de renuncias, entre otros aspectos.<\/p>\n<p>En este Reglamento se requiere a los Partidos Pol\u00edticos, Coaliciones y aspirantes a candidaturas independientes para que en el tr\u00e1mite de la solicitud del registro de las candidaturas se atiendan las medidas que en ese momento dicten las autoridades sanitarias, as\u00ed como los protocolos emitidos por este Instituto a fin de evitar contagios de la Covid-19.<\/p>\n<p>Se\u00f1ala tambi\u00e9n, que se establece la exigencia a las y los aspirantes a una candidatura de firmar un de buena fe y bajo protesta de decir verdad el escrito que se ha denominado \u201c3 de 3 contra la violencia\u201d, a efecto de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia pol\u00edtica contra las mujeres en raz\u00f3n de g\u00e9nero. En ese sentido, antes de solicitar el registro, el partido pol\u00edtico o coalici\u00f3n deber\u00e1 revisar si dicha persona se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>Violencia Pol\u00edtica contra las Mujeres en Raz\u00f3n de G\u00e9nero o bien en el Registro local.<\/p>\n<p>Al respecto, tambi\u00e9n la Consejera Presidenta del IEES, Karla Gabriela Peraza Zazueta afirm\u00f3 que la violencia pol\u00edtica contra la mujer por raz\u00f3n de g\u00e9nero, ha sido uno de los temas m\u00e1s importantes que han ocupado al Instituto en los \u00faltimos a\u00f1os, en el que de la mano con el INE, se han creado lineamientos y reglamentos que aporten a la paridad de g\u00e9nero, la protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edticos de la mujer y a la no discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de g\u00e9nero, por ello, consider\u00f3 que<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>con este requisito de la declaraci\u00f3n<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>de \u201c3 de 3 contra la violencia\u201d, el Instituto Electoral toma un paso adelante.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p><b>Desahogan dudas sobre candidatura com\u00fan<\/b><\/p>\n<p>El Consejo General del IEES, conforme a los argumentos y fundamento legal que determina la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES), desahog\u00f3 las dudas<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>planteadas por el Partido Acci\u00f3n Nacional con respecto a la postulaci\u00f3n bajo la figura de la candidatura com\u00fan, que formul\u00f3 por escrito el ciudadano Marcos Antonio Arroyo Nevarez, representante suplente de dicho partido ante este Consejo.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>En ese sentido, el Secretario Ejecutivo, Arturo Fajardo Mej\u00eda, dio a conocer que se le aclar\u00f3 que s\u00ed pueden hacer candidaturas comunes en algunos de los municipios, solo dos de los tres partidos coaligados; de igual forma, se le precis\u00f3 que si en un municipio van en candidatura com\u00fan s\u00f3lo dos de los tres partidos coaligados, no es posible, conforme a derecho, hacer en los dem\u00e1s municipios otras combinaciones entre los tres partidos coaligados.<\/p>\n<p><b>Respuesta a solicitud de aspirante a candidatura Independiente<\/b><\/p>\n<p>El Pleno aprob\u00f3 tambi\u00e9n el proyecto de acuerdo por el cual, sustentado por lo que establece la<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>LIPEES, <span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>resolvi\u00f3 como no procedente la solicitud planteada por el ciudadano Santos Joel Ca\u00f1edo Rodr\u00edguez, aspirante a la Candidatura Independiente a la Presidencia Municipal de Mazatl\u00e1n, que mediante escrito manifiesta tres peticiones.<\/p>\n<p>El Consejero Electoral, \u00d3scar S\u00e1nchez F\u00e9lix, se\u00f1al\u00f3 que esas demandas se refieren a:<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 <\/span>Que se exima del requisito de la recaudaci\u00f3n de firmas a los aspirantes a candidatos independientes; que se proporcionen las medidas a procurar la integridad y seguridad de las personas que salen a la calle a recabar firmas, as\u00ed como la emisi\u00f3n de publicidad o material informativo respecto de la existencia de los aspirantes a las candidaturas independientes; y la suspensi\u00f3n y reprogramaci\u00f3n de los comicios electorales para el Estado de Sinaloa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprob\u00f3 que los Consejos Distritales y Consejos Municipales Electorales celebren sus sesiones y reuniones de trabajo de manera virtual; asimismo se avalaron los dise\u00f1os de la documentaci\u00f3n electoral sin emblemas de partidos pol\u00edticos y de candidaturas independientes, as\u00ed como los modelos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":61552,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[26,25],"tags":[174,107,43,129,40],"class_list":["post-61551","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-boletines","category-comunicacion","tag-candidaturas","tag-electoral","tag-electorales","tag-registro","tag-reglamento"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/61551","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=61551"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/61551\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/61552"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=61551"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=61551"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/nuevo.ieesinaloa.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=61551"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}